El consejo escolar que representaron mis compañeros, estaba compuesto por: maestros, padres, representante del ayuntamiento, secretario, director, jefe de estudios y equipo de orientación.
A los consejos escolares asisten personal del ayuntamiento y padres por ser órganos externos.
En primer lugar, el director nos explicó la situación y nos dio un resumen de lo que seria el consejo escolar. El consejo escolar tuvo lugar el 24 de Marzo de 2009.
Tras esto, los miembros del consejo escolar se presentaron y explicaron un poco cual era su papel.
Los puntos que se han tratado en este consejo escolar son los siguientes
–Reparto de fondos entre el equipo de orientación, el departamento de música y el de educación física. La propuesta que presentaba el director con respecto a este tema, finalmente no fue aceptada.
–Revisión del plan anual de centro, donde se propusieron cursos de formación del profesorado y un proyecto de innovación curricular.
–Resolución de conflicto de disciplina. Para ello se propone un nuevo método basado en un carné por puntos donde se podrá anotar las conductas del alumno para luego recompensar las buenas conductas.
La Inspección de Educación en España está regulada en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (L.O.E) Esta Ley atribuye a los poderes públicos la competencia y la responsabilidad de inspeccionar el sistema educativo, por lo que corresponde a las administraciones públicas, en su ámbito territorial y competencial, ordenar, regular y ejercer la inspección educativa.
La Inspección de Educación actúa sobre el conjunto del sistema educativo, con el fin de velar por el cumplimiento de las leyes, garantizar los derechos y la observancia de los deberes de cuantos participan en los procesos de enseñanza y aprendizaje y contribuir a la mejora del sistema educativo, la calidad y equidad educativa.
FUNCIONES
La Ley Orgánica 2/2006 de Educación establece las siguientes funciones de la inspección educativa:
1) Supervisar y controlar, desde el punto de vista pedagógico y organizativo, el funcionamiento de los centros educativos así como los programas que en ellos inciden.
2) Supervisar la práctica docente, la función directiva y colaborar en su mejora continua.
3) Participar en la evaluación del sistema educativo y de los elementos que lo integran.
4) Velar por el cumplimiento, en los centros educativos, de las leyes, reglamentos y demás disposiciones vigentes que afecten al sistema educativo.
5) Velar por el cumplimiento y aplicación de los principios y valores recogidos en esta Ley, incluidos los destinados a fomentar la igualdad real entre hombres y mujeres.
6) Asesorar, orientar e informar a los distintos sectores de la comunidad educativa en el ejercicio de sus derechos y en el cumplimiento de sus obligaciones.
7) Emitir los informes solicitados por las Administraciones educativas respectivas o que se deriven del conocimiento de la realidad propio de la inspección educativa, a través de los cauces reglamentarios.
8) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por las Administraciones educativas, dentro del ámbito de sus competencias.
ATRIBUCIONES DE LOS INSPECTORES
A los inspectores se les otorgan las siguientes atribuciones, para el cumplimiento de sus funciones:
a) Conocer directamente todas las actividades que se realicen en los centros, a los cuales tendrán libre acceso.
b) Examinar y comprobar la documentación académica, pedagógica y administrativa de los centros.
c) Recibir de los restantes funcionarios y responsables de los centros y servicios educativos, públicos y privados, la necesaria colaboración para el desarrollo de sus actividades, para cuyo ejercicio los inspectores tendrán la consideración de autoridad pública.
d) Cualesquiera otras que le sean atribuidas por las Administraciones educativas, dentro del ámbito de sus competencias.
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
En España está previsto que cada Administración educativa regule la estructura y el funcionamiento de los órganos que establezcan para el desempeño de la inspección educativa en sus respectivos ámbitos territoriales. Los modelos de organización y funcionamiento en las diversas comunidades autónomas y en el ámbito territorial del Ministerio de Educación pueden ser bastante diferentes, por una parte la dependencia orgánica de la inspección educativa no es la misma en todas las administraciones y tampoco la organización es igual, en algunas comunidades se tienen en cuenta, a efectos de organización, los perfiles profesionales de los inspectores, entendidos en función de: las titulaciones universitarias, los cursos de formación en el ejercicio de la inspección, la experiencia profesional en la docencia y la experiencia en la propia inspección educativa.
El claustro que representaron mis compañeros, lo componían la directora, jefa de estudios, secretaria, profesores, jefes de departamento, orientadores y coordinadores TIC, ya que los claustros son órganos internos.
En primer lugar, la secretaria es la encargada de informar sobre el resumen del acta del claustro del 17 de Marzo de 2009.
Para continuar, se presentaron todos los miembros del claustro.
En el claustro representado, se presentaron los siguientes puntos del día:
–En primer lugar se trató el que a los alumnos se les expulsase a las tres faltas. La mayoría de los miembros del claustro estaban en contra de esta medida, la cual finalmente se rechazó para aceptar que a las tres faltas, el niño realice trabajos en horario no lectivo.
–El siguiente punto han sido los presupuestos para inglés y educación física. En este tema hubo un gran debate, ya que no se conseguía llegar a un consenso. Finalmente, los coordinadores TIC proponen llevar un ordenador al aula de inglés para que la profesora no tenga que comprar una radio. Esta propuesta se aprobó por todos menos por la profesora de inglés.
–Por último, se trató el tema de la excursión a Itálica, donde finalmente se llegó al acuerdo de que se realice dicha excursión, y que cada profesor trate el viaje individualmente de manera lectiva en sus clases.